¡Compártelo!
- ¿Renta vitalicia o retiro programado para tu retiro? - 29 mayo, 2023
- ¿Las nuevas pensiones garantizadas son para ti? - 19 abril, 2023
- ¿Cómo viene el plan personal de retiro en 2023? - 26 marzo, 2023
¿Y si fallece la persona clave en tu empresa?
El seguro de persona clave, o más correctamente de técnicos o dirigentes, según lo define la Ley de Impuesto sobre la Renta, está orientado a resarcir a la empresa ante la pérdida económica que puede representar el fallecimiento, accidente o enfermedad de una persona clave para el negocio.
El seguro de persona clave es una herramienta que debiera ser imprescindible en la planeación patrimonial de una empresa. Especialmente aquéllas que dependen fuertemente del talento o relaciones de una sola persona.
Las grandes empresas, por supuesto que incluyen esta herramienta dentro de su planeación. Son las pequeñas y medianas empresas las que usualmente tiene un vacío en este aspecto. Casi siempre por desconocimiento.
El impacto en tu empresa
El fallecimiento prematuro o los accidentes en edades de 30 a 60 años tienen costos cuantiosos para empresas y familias. Es la edad más productiva en la carrera de un profesional.
¿Qué sucede con una empresa, cuyos clientes han llegado atraídos por el talento o servicio de su fundador(a)? Si fallece, quizá piensen en abandonar y buscar un nuevo proveedor.
O ¿qué sucede con una pequeña empresa constituida sobre el nombre y habilidad de un profesional, si éste no estuviera más? Por ejemplo, una firma de arquitectura, diseño o de diagnóstico médico.
La sustitución de una persona clave puede tener un costo que amenace incluso la supervivencia de la empresa.
En este caso el seguro ofrece un respaldo importante, pues garantiza una suma de dinero equivalente a la pérdida previamente estimada para la empresa.
Este dinero puede emplearse para gestionar la sustitución de la persona clave, y para cubrir la pérdida de negocios que significa su ausencia.
Impuesto sobre la Renta en el Seguro de Persona Clave
Existen algunas disposiciones de ley, respecto a este tipo de seguros, entre otras:
- El contratante y beneficiario irrevocable deberá ser la empresa en cuestión.
- La persona clave asegurada deberá tener una relación de trabajo, o ser socio industrial de la empresa.
- Los contratos de seguro deberán ser temporales y por plazos no mayores a 20 años
Por otro lado, las primas del seguro de persona clave son deducibles para el contratante, en los términos que establece el artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Si eres socio o administrador de una empresa, es tiempo de poner manos a la obra y comenzar con la gestión de esta herramienta financiera para tu empresa. ¿Necesitas asesoría? Contáctame.