Arranca el Fondo de Pensiones para el Bienestar

fondo de pensiones para el bienestar
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Tomás Gómez Luría

Finalmente, el 30 de abril el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar. La iniciativa, debatida hasta el exceso en los medios, comienza en línea con lo que conocíamos.

Debido al ruido excesivo que provocó el anuncio de esta reforma veamos lo que es, lo que no es y las letras pequeñas de la reforma publicada en el decreto.

¿Qué es fondo de pensiones para el bienestar?

Es un fondo administrado por el Banco de México, que tiene como fin complementar las pensiones de los trabajadores que se retiren por el esquema de cuentas individuales (IMSS, ISSSTE). Son elegibles quienes con su ahorro acumulado alcancen una pensión menor a $16,777.68.

Estos trabajadores recibirán un complemento para que igualen su último salario. Sin exceder la suma de la pensión y el complemento los $16,777.68 mencionados en el decreto.  Este monto se actualizará anualmente por inflación.

Esta es una muy buena noticia para los trabajadores que están en este nivel de ingresos. El complemento en cuestión les ayudará a mantener su nivel de vida con una tasa de sustitución de 100% en el retiro.

Lo que no es este nuevo fondo de pensiones

Según el decreto publicado el fondo no está confiscando los ahorros de los trabajadores en las afores (administradora de fondos para el retiro).  En realidad, desde que se creo el nuevo esquema de cuentas individuales en 1997 la ley del seguro social ya instruía que las cuentas no reclamadas se entregarán al Seguro Social.  Solo que al no incluir un mecanismo claro para la entrega de los recursos hasta ahora la mayor parte de esos recursos permanecían administrados por las afores.

El cambio que implica esta reforma es que define un mecanismo claro de traspaso de los recursos al nuevo fondo que administrará el Banco de México.

Y dentro del decreto se establece la garantía de que trabajadores o beneficiarios que no ha reclamado los fondos puedan hacerlo. Esto es el derecho sobre los recursos es imprescriptible.

Esta parte precisamente es la que desató mayor polémica en los medios de comunicación.

Las letras pequeñas

Debido a que este beneficio será fondeado con recursos que provendrán de fuentes de ingresos no garantizadas en el futuro, tiene una previsión. Indica que el complemento de las pensiones mencionadas “estará sujeto a la suficiencia del fondo”.  En otras palabras, el complemento a las pensiones estará vigente siempre que el fondo tenga recursos.

Los ingresos iniciales de este fondo serán incautaciones, ingresos de obras de infraestructura como aeropuertos y ferrocarriles. Así como los ahorros no reclamados por trabajadores de 75 años o más.

Conclusión

Complementar las pensiones de trabajadores con menores ingresos no solo es un objetivo noble, sino que permite elevar automáticamente el nivel de vida de la mayor parte de los trabajadores. Con beneficios al resto de la sociedad, con un mayor consumo y en consecuencia un mercado interno más robusto.

En lo personal lo que no me convence es el financiamiento de este fondo, pues las fuentes de donde provendrán los ingresos iniciales no son todas sostenibles en el tiempo.  Los siguientes gobiernos tendrán que encontrar fuentes de ingresos para el fondo que sean sostenibles, considerando que los trabajadores en edad de retiro serán cada vez más.  De otro modo quizá sea una iniciativa que funcione durante algunos años, pero que en el futuro no pueda implementarse por falta de recursos.

Por el momento conviene reconocer el beneficio que este fondo representa para los trabajadores que próximamente se retirarán por cuentas individuales.

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Publicado por Tomás Gómez Luría

Es autor del blog Soluciones para el Retiro, en el que comparte su experiencia en materia de Retiro y Ahorro para profesionales y emprendedores.

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